REQUISITOS Y OPORTUNIDADES PARA LA CREACIÓN DE NUEVAS SOCIEDADES EN RUMANÍA

  1. Disponer de una sede social propia: Esto equivale a pagar un alquiler por un espacio físico (su precio dependerá del espacio y su localización); aunque existe también la alternativa de obtener contra-coste un servicio de sede social con recogida de correspondencia u otros servicios añadidos (aprox. empezando con 60 Euros/mes);
  2. Contar con un contable que se ocupe de presentar las correspondientes declaraciones fiscales ante las diferentes administraciones (estimamos aprox. 50 Euros/mes). El contable puede presentar todas las declaraciones on-line, pero habría que darle poderes.
  3. La constitución de la sociedad, así como, las demás gestiones para su administración no requieren de desplazamiento pues éstas se se pueden realizar mediante poderes. Señalamos que tampoco existen limites de nacionalidad ni de residencia para ser socio o administrador de la sociedad;

*Estimamos que el tiempo para la constitución de una sociedad es aproximadamente una semana, siempre y cuando, dispongamos de una documentación original, completa .

  1. El régimen fiscal para las empresas en Rumanía es:
    1. Para las empresas incluidas en el Régimen General la cuota de impuestos aplicables es de 16% por los beneficios obtenidos (ingresos menos gastos –atención: Se considera gastos deducibles únicamente aquellos destinados a la producción de un beneficio);
    2. Para pequeñas empresas –microempresas que no superen un volumen de negocios anual de 1.000.000 Euros y un capital social inferior a 10.000 Euros (esta suma no es absoluta) están obligadas a satisfacer un impuesto general por ingresos:
      • (1%) para el caso que tengan al menos 2 trabajadores en plantilla;
      • (3%) para el caso que no tengan trabajadores en plantilla;
      • (16%) desde el momento en el que la empresa supera plafón de 1.000.000 Euros anuales como volumen de negocios
    3. A las sociedades constituidas ex novo no se les reconoce el derecho de ser pagadora de IVA (19%) y, por lo tanto, no podrá deducirse este gasto. Para convertirse en pagadora de IVA:
      • La sociedad deberá realizar las gestiones correspondientes y cumplidos los requisitos, le será concedido.
      • Alternativamente, en el momento de exceder la sociedad un volumen de negocio anual de 65.000 Euros, se convertirá automáticamente pagadora de IVA;
    4. Una vez reconocida la sociedad como pagadora de IVA, ésta podrá obtener además la calificación de pagadora intracomunitaria de IVA, siendo que, en este caso, podrá emitir facturas a personas jurídicas no residentes en Rumanía que no incluyan IVA y evitar el cargo adicional de este impuesto.
    5. En los supuestos que la empresa decida repartir dividendos –cumplida la obligación de aprobar las cuentas anuales y satisfechos los impuestos– se deberá calcular aún una carga impositiva del 16% sobre las sumas distribuidas a los socios.No obstante, en el supuesto de tratarse el socio residente fiscal en otro país, entonces diferenciamos:
      • A las personas físicas residentes fiscales en España habrá de aplicarse una cuota impositiva del 10%, de conformidad al tratado para evitar la doble imposición firmado con Rumania. El beneficiario de estos pagos deberá solicitar de la administración rumana una certificación para el reconocimiento del pago de estos impuestos en el país de origen de esa renta, quedando liquidar en España la diferencia hasta el tipo impositivo aplicable a razón del cálculo del IRPF.
      • A las personas jurídicas residentes en otro país de la Unión Europea, digamos España, podrá no aplicarse el impuesto por dividendos originado en con ocasión de su reparto, si la sociedad beneficiaria posee al menos un 10% del capital social de la sociedad que lo distribuye y si su participación en esta otra empresa es superior al plazo de 2 años.
  1. Respecto del régimen para la contratación laboral, señalamos que los contratos de trabajo en Rumanía se concluyen por norma por plazo indefinido –el coste salarial mínimo por empleado por una jornada de 8 horas por 5 días a la semana, con todas las contribuciones, es el equivalente a 500 Euros mensuales a partir de 2022.
  1. Ayudas a la nueva empresa: La normativa en vigor reconoce ayudas que, en base a un proyecto de inversión, se otorgarán a la pequeña empresa financiación de entre 25.000 y 200.000 Euros en función de sus características y ámbito de actividad. En todo caso, se prevé un techo de financiación del 90% sobre el valor de la inversión y se condiciona su otorgamiento entre otros al cumplimiento de los siguientes requisitos:.
    • Contar con un proyecto de inversión y un plan de negocios;
    • Disponer la sociedad de al menos de 1 año de actividad;
    • No haber estado suspendida de actividad en el año anterior a la solicitud de la financiación;
    • Contar con al menos un trabajador activo durante todo el periodo fiscal anterior a la solicitud de financiación;
    • Haber obtenido en el año precedente al de la solicitud de la financiación beneficios.

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