Conforme a la Decisión 34/2016 de I.C.C.J. se confirma la legalidad de la transmisión vía e-mail de la decisión de despido de un trabajador.
El alto tribunal entiende que un empleador puede utilizar la dirección de e-mail de un empleado para notificar su despido en las siguientes circunstancias:
- Ambas partes deben haber establecido esta vía como un medio válido de comunicación durante el periodo de la relación laboral;
- La decisión deberá ser comunicada como documento adjunto (PDF);
- No deberá, sin embargo, existir una confirmación expresa de recepción por su destinatario;
- El e-mail de la comunicación no requiere firma electrónica.
Maria Nae
Enlace a la Decisión 34/2016 del ICCJ