EL DERECHO DE RETENCIÓN DEL CONSTRUCTOR. CONDICIONES Y CARACTERÍSTICAS.

El derecho de retención del constructor. Condiciones y características.

Para la satisfacción de sus créditos, un constructor puede invocar un derecho de retención sobre los bienes propiedad del Beneficiario. No obstante, este derecho de retención debe cumplir con una serie de requisitos para evitar su realización abusiva.

En este sentido, el derecho de retención se nace si:

  • -El constructor tiene un crédito cierto, líquido y exigible frente al Beneficiario.
  • -El derecho de retención se manifiesta con buena fe.
  • -Los bienes son susceptibles de ejecución.

Aunque el carácter oponible del derecho de retención deriva de la propia posesión del Constructor sobre los bienes del Beneficiario, en nuestra opinión el crédito debe estar confirmado previamente mediante sentencia judicial.

Siendo este el caso, el constructor puede proceder a la satisfacción de su crédito mediante el procedimiento de ejecución forzosa.