CÓMO CERRAR UNA SOCIEDAD?

Independientemente de la situación, llega un momento en el que queremos cerrar una empresa ya sea por que  no nos llevamos bien con los demás socios o decidimos tomar caminos separados o simplemente la empresa ya no sirve a los intereses para los que fue construida.Sin embargo, aunque la creación de una empresa lleva 3 días, el procedimiento de cierre no es tan sencillo.

Las causas podrán ser distintas, respectivamente, el tiempo por el que fue creada la empresa llego a su fin o por decisión del accionista único o por decisión de la asamblea general o mediante la  declaración de la nulidad de la sociedad, etc.

La disolución de una sociedad se produce mediante el siguiente procedimiento: disolución, baja y, en caso de que sea necesario, por malos entendidos entre los socios, etapa intermediaria de la liquidación.

Cuidado! Debido a que la disolución de una empresa es una medida radical, la Ley también creó la posibilidad de suspender la actividad por un período de 3 años. Después de 3 años, se cierra automáticamente.

El cierre de la actividad de una empresa suele implicar el pago de aportaciones al presupuesto del Estado, al presupuesto de la seguridad social antes de los trámites de disolución, liquidación y cancelación, como tal debes identificar qué activos tienes en la empresa y qué deudas y pensar cómo distribuirlos entre los socios.

La disolución es la primera etapa en el cierre de una empresa y puede ser por ley o puede hacerse voluntariamente, mediante la decisión de los socios (respectivamente la decisión del único accionista). Las causas de disolución de la sociedad están reguladas por ley o establecidas en los estatutos.

Cuando la empresa tiene varios socios, existen situaciones en las que se puede solicitar la disolución de la empresa antes del vencimiento del plazo en los estatutos sociales (si hay mención expresa).

Si no hay unanimidad y no es posible llegar a la conclusión de una decisión AGA mediante la cual establecer la disolución, los socios que tengan intereses contrarios pueden acudir al Tribunal. Este puede ser el procedimiento de disolución más largo, que puede durar varios años. Existe una situación en la que los socios pueden ponerse de acuerdo sobre el liquidador, pero también puede acudir a los tribunales, que nombrarán al liquidador.

Sin embargo, si los asociados llegan a un acuerdo, hay que ir ante el Registro Mercantil donde se deben presentar varios documentos indicados por éste.

En cualquier caso, es necesario esperar 30 días desde la publicación en el Boletín Oficial de la modificación del acto constitutivo para poder oponerse y luego pasar a la etapa del cierre de la sociedad..

Transcurridos los 30 días, se puede iniciar el cierre de la sociedad, que es la disolución efectiva de la empresa. Dependiendo de los problemas que surjan en la verificación de los estados financieros, las deudas, el informe de los auditores, si es necesario, los procedimientos pueden llevar bastante tiempo.

El liquidador tiene la obligación, antes de solicitar la baja, de presentar a la Oficina de Registro Mercantil, el estado financiero final que se mencionará en el registro mercantil y se publicará en el Boletín Oficial de Rumania.

Teóricamente, en unos pocos días desde el momento en que se presentó la solicitud de cierre, ¡te quedaste sin sociedad!

Av.Niculae Naomi