NUEVO CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL PARA JUNIO 2012
EL NUEVO CODIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL PARA JUNIO
Ha informado el Ministro de Justicia rumano, Catalin Predoiu, que una de las prioridades del Ministerio en este año, es que antes de junio sea puesto en marcha el nuevo Código de procedimiento civil (NCPC), aprobada su redacción ya por Ley 134/2010 y que probablemente sufrirá modificaciones.
El informe de la UE sobre la justicia rumana, indica que Rumania ha hecho laudables esfuerzos para mejorar los procesos judiciales y que las autoridades rumanas han puesto en marcha procedimientos para hacer más eficaz los procesos judiciales y la preparación para la entrada en vigor de los nuevos códigos. Se sabe que en octubre 2011 ha entrado en vigor el nuevo Código civil (NCC), ya aprobado en su día por Ley 287/2009, mediante otra Ley 71/2011, de puesta en aplicación del NCC.
En la lógica del desarrollo de un marco adecuado de mejora de las instituciones jurídicas, debe seguir a una reforma sustantiva la aprobación del proceso adecuado al nuevo tipo de Derecho sustantivo. Dicho de otra forma, como el obrar sigue al ser, tras la reforma sustantiva, sigue lógicamente la procesal.
La experiencia española de modificación normativa de Códigos desde el año 1985, ha dejado un rastro de imprevisión. La lógica indica que en este esfuerzo rumano de hacer público y práctico lo ya estudiado y aprobado, es que se ponga en aplicación próximamente el también ya aprobado nuevo Código penal y tras él igualmente el codificado nuevo procedimiento penal.
La puesta en funcionamiento del nuevo Código civil ha dejado vivas pero en suspensión determinadas normas (procesales del Código civil) que ya no serán viables una vez aprobado el nuevo código procesal civil. Como los arts 1.169 a 1.206 del viejo Código civil, aplicables hasta que se apruebe el NCPC.
Por otro lado, ya el art. 219 de la Ley 71/2011 de puesta en aplicación del NCC derogó o modificó determinadas normas procesales civiles, como las relativas al divorcio, a la consignación en pago de deudas, procedimientos especiales entre profesionales, etc.
Entretanto ya se están reorganizando las secciones comerciales de los tribunales, convirtiéndolas en civiles, al aplicarse el NCC a todas las situaciones comerciales y estrictamente civiles.
Es probable que se modifiquen, en base a la práctica, resultado de la aplicación del NCC, algunas normas procesales previstas en el 2010, que se entiende no tienen valor sin la experiencia que ha otorgado la aplicación judicial de dicha normativa sustantiva. Esperamos que se publique cuanto antes la nueva ley de puesta en aplicación del NCPC a fin de analizar dichas modificaciones y poder comentarlas en esta web.
El contenido de este informe tiene carácter divulgativo y no constituye un asesoramiento profesional por parte de nuestro bufete. Recomendamos en su caso buscar asesoramiento jurídico profesional.
