EL SISTEMA SANITARIO RUMANO EN DEBATE
EL SISTEMA SANITARIO PUBLICO EN RUMANIA HACIA LA PRIVATIZACION.-
En estos días se debate en la opinión pública rumana la nueva Ley de la Sanidad. Traemos a colación un artículo del importante diario económico on line rumano, Wall Street sobre una entevista a dos importantes operadores en la modificación legal, que está prevista realizarse a lo largo de este año 2012.
Este es una materia importante tanto para los residentes que pagan a la Sanidad rumana por medio de sus actividades dependientes o independientes, como para inversores en el sector médico.
En las actuales circunstancias, el Estado tiene el monopolio de los servicios médicos públicos, no aceptando la concurrencia de operadores privados. Incluso el servicio de ambulancias (SMURD rumano) es público. Se sabe que la Sanidad en Rumanía deja mucho que desear. Se pretende con esta reforma la entrada de inversión del sector privado, financiero y de servicios, en el sistema sanitario. Creemos fundamental dar a entender en qué consiste este proyecto de reforma, para inversores y residentes españoles y por eso traemos a colación dicho interviú, en su traducción literal al español, en que se valoran y se tienen en cuenta las líneas maestras del sistema y las consecuencias político-legales de la misma.
Esta es la entrevista realizado a D. Theodor Alexandrescu (director general de Alico Aseguradores Rumania y a Christian Vladescu, director general de las Escuelas Nacionales de Sanidad Pública y Asesoramiento Sanitario y uno de los iniciadores de la reforma de la Ley de Sanidad. Las respuestas son intercaladas.
El periodista le hace las preguntas que se subrayan:
1.- ¿Han tomado en cuenta los riesgos de la aparición de un monopolio diferente en algunos años?. Agente privado más redes de médicos mas redes de farmacia mas redes de laboratorio y algunos hospitales cubriendo tres o cuatro provincias, todos con el mismo titular, no crearía otro monopolio impiosible de deshacer/controlar, siendo privado?.
Cristian Vladescu: el monopolio está reglamentado por la ley rumana y la europea y de su aplicación responde el Consejo de la Competencia de Rumanía. El monopolio es nocivo por sus efectos y no solo en la situación de la sanidad, las tarifas están reglamentadas por el Ministerio de Sanidad a todos los niveles; los medicamentos, el hospital, el médico de familia. La existencia de un solo porpietario conduce donde existe o no monopolio, a una mejor gestión de los fondos, y sus efectos son mejores para los pacientes. Para invertir los agentes privados deben tener certidumbre que su inversión le pertenece. Este es el motivo por el que en muchos países con magnitudes diferentes existe este modelo.
Para Rumania esta posibilidad puede ser calculada para dentro de 3 o 4 años.
2.- Cuáles serían los pasos a seguir para el cumplimiento gradual de la reforma?
Theordor Alexandrescu: Esta reforma representa un cambio sistemático y debe ser comunicada convenientemente. Puede que con el cumplimiento de los seguros voluntarios en una primera fase, para una familiarización con el nuevo sistema, seguido, a 6/9 meses, por el sistema obligatorio de administración privada, que facilitaría un mejor entendimiento y aceptación. Un asunto es cierto: un sistema en el que existe competitividad generará valores para el paciente, y un sistema monopolio lleva a bajar la calidad y degradar los servicios pues no existe un mecanismo de control o evaluación práctica de la calidad. Creo que este debate debería orientarse más sobre la esencia y los beneficios de este cambio y debería alinearse más factores de decisión hacia una comunicación mesa eficiente y menos demagógica.
Tras la finalización de los debates públicos y en la eventualidad de una promulgación de la ley, sigue la elaboración de legislación secundaria al menos igual de importante que la ley en sí. Probablemente, 2012 será el año en que serán finalizadas las bases de este nuevo mercado, y el mercado será funcional después de 3 ó 5 años de consolidación del mercado de aseguradoras privadas de la sanidad, una fuente importante de financiación suplementaria del sistema.
3.- ¿Se es consciente que introducir unos servicios particulares de ambulancias llevará a la caída de la calidad de los servicios de urgencia, asegurado ahora muy bien por el SMURD?
Cristian: El proyecto de ley menciona explícitamente la permanencia del SMURD exactamente en la situación actual: un servicio del Ministerio de Interior, que colabora con las estructuras sanitarias en base a las llamadas de urgencia al 112. La autorización/homologación se refiere solo a las ambulancias, significando el respeto de los mismos estándares que los comprados centralizadamente hasta ahora por el Ministerio de Sanidad.
4.- ¿Cómo responderán los que abusan y perjudican a los pacientes del sistema?
Theodor: Una ventaja de esta reforma es la representación de los pacientes por los aseguradores en relación con los distribuidores de servicios médicos, asegurando a los beneficiarios las condiciones cualitativas y cuantitativas asumidas contractualmente. El incumplimiento de estas condiciones llevará a consecuencias para el suministrador, como estén establecidas en el contrato con el asegurador, para la solución de las deficiencias del acto médico. En lo referente a compañías de seguro, éstas se implican activamente en las discusiones con los factores de decisión para crear un mercado funcional competitivo, en beneficio del paciente y crear condiciones legislativas buenas, aportando conocimientos (know how) así como el soporte financiero necesario. La nueva legislación clarifica el papel de los seguros complementarios y suplementarios, así como la relación con los suministradores de servicios médicos del Estado, que hasta ahora no podían firmar contratos de descuento con seguros privados, abriendo de esta forma la red del Estado a una financiación en el medio de los seguros privados.
5.- ¿Que ocurre con las casas provinciales de sanidad, se eliminan?
Cristian: Las casas actuales, si cumplen los requisitos legales, pueden funcionar conforme a los nuevos principio financieros y contractuales.
6.- ¿Por que el mercado del seguro de vida/sanidad es consultado en la confección de la legislación de sanidad?
Theodor: Una parte importante de esta reforma es de componente financiero del sistema. El componente financiero se representa por el cálculo financiero de los riegos de morbosidad, uno de los valores y competencias básicas de las compañías de seguro. En cada compañía es obligatoria la existencia de un departamento específico de actuariado, matemáticos, que calculan ese riesgo específico, traduciéndolo en valores financieros. La morbosidad es el riesgo que indica la incidencia de las diversas afecciones en un segmento determinado de la población. Sin una reforma financiera del sistema, nada se cambiaría, pero la reforma significa una alternativa eficiente y de control, tanto de los asegurados como de los suministradores de servicios médicos.
7.- ¿En qué principios se basa esta Ley? Se habla de liberalización. El paquete básico. Los servicios suplementarios. Seguros privados de sanidad. ¿Por qué no actualiza el Estado la antigua legislación, introduciendo el tan esperado paquete básico y por qué es necesaria otra ley para los seguros privados?. ¿Qué estaba errado en la actual legislación?.
Cristian: la legislación actual, Ley 95/2006, tiene 800 artículos iniciales y más de 1.000 reformas ulteriores, de modo que es imposible tener una coherencia mínima, teniendo en cuenta que de media cada artículo se ha reformado además una vez. Tal legislación no consigue resolver los grandes problemas relacionados con la calidad, el costo y la accesibilidad de los servicios médicos, a pesar del crecimiento significativo de los recursos financieros que han entrado en el sistema. Todos los mecanismos que intuían al Estado con múltiples papeles de financiador, reglamentador, propietario, suministrador de servicios, etc., no han tenido éxito. La nueva Ley tiene como filosofía el fortalecimiento del papel del Estado en sectores limitados, como el control y la reglamentación, introduciendo elementos de competitividad reglamentada, que lleva al crecimiento de las posibilidades de opción, elección, del paciente, en función de los servicios ofrecidos. La desconfianza de éste se transforma directamente en pérdidas de asegurados para las empresas privadas, lo que no ocurre en el sistema actual. En principio, la ley responsabiliza a aquellos que pagan fondos públicos ineficientes, siendo la primera consecuencia penosa la bajada de los ingresos.
8.- ¿Los aseguradores privados, repartirán el dinero de modo diferente como lo hace actualmente el Estado?
Theodor: Cada uno de los contribuyentes paga el 10,7% (5,5%+5,2%, del empleador) al fondo de seguro social de sanidad. Por estas contribuciones reciben los beneficios garantizados por un seguro elegido personalmente, estos beneficios son indiferentes del nivel de contribución, en lo relativo al paquete básico. La gestión de estas contribuciones se hará por el seguro, por medio del descuento al suministrador de servicios médicos, por un contrato marco y unos anexos, protocolos médicos de tratamiento para cada acceso a los servicios comprendidos en el paquete básico, tanto con el suministrador privado como con el del Estado, aceptado por el asegurador. En el caso en que el número de contribuciones cae, también lo hace el riesgo del asegurador, puesto que el número de personas aseguradas y de probabilidades de acceder a servicios médicos se reduce proporcionalmente con el riesgo asumido. Otra diferencia relevante para la persona asegurada/paciente es que tendrá un contrato individual de seguro, cosa que es diferente de lo que ocurre actualmente, que no existe con el CNAS. Este asunto hace que los beneficios contractuales sean garantizados, obligando al asegurador a poner dinero en reserva, y en el momento en que no satisface las promesas, el asegurador puede usar esa reserva que es capital propio. De este modo la idea del corte de fondos para el paquete básico desaparece.
9.- ¿Que ocurrirá si no van a haber al menos 4 empresas de seguro de sanidad?. ¿Se firmará en el menor tiempo posible (teniendo en cuenta el calendario actual en desarrollo y los plazos externos impuestos por el FMI) estas pólizas de seguro de la sanidad?
Cristian: Si no fueran suficientes las empresas de seguro que aseguren un medio competitivo, las previsiones legales en el título referido al aseguramiento de sanidad, no entrarían en vigor. El resto de la ley, con excepción de los aspectos relacionados con la existencia de empresas de seguro será ejecutado. El calendario inicial prevé que en el plazo de un año, desde la aprobación de la ley, comience el funcionamiento de las empresas privadas, siendo el resto de capítulos previstos, de ejecución a los 60 y 90 días.
10.- Las personas con riesgo alto de enfermedad, ¿serán rechazadas?.
Theodor: Para los seguros obligatorios, paquete básico, las compañías de seguro no pueden rehusar los potenciales asegurados, indiferentemente del estado de sanidad, edad o sexo. Deben únicamente ser admitidos. Para las voluntarias, los aseguradores evalúan el riesgo individual y de grupo de personas en función del estado de sanidad, edad y ocupación, pudiendo solicitar primas diferentes de una a otra persona e incluso categorías no asegurables parcialmente, para determinados riesgos y beneficios. Tanto el seguro complementario como el suplementario son voluntarios. Estos puedes ser deducibles o no fiscalmente. La complementaria cubre los gastos de copago para los beneficios del paquete básico y la suplementaria como indica su denominación, ofrece otros beneficios suplementarios además del paquete básico. Los seguros voluntarios representan una alternativa a los seguros sociales obligatorios, pero no los pueden sustituir en su totalidad, porque al final, como indica su denominación, tienen un papel social, ofreciendo a las personas con ingresos bajos, un paquete garantizado básico, el mismo para todos los contribuyentes. El papel de unos seguros es el de ofrecer beneficios a los que tienen necesidad, por medio de recogida de las contribuciones de todos los que son expuestos al riesgo. Del mismo modo, el seguro tiene un papel social ofreciendo beneficios a las personas que se encuentran en contingencias previstas, incluso superior al nivel de la contribución.
11. ¿Por qué no se puede exigir que la nueva ley sanitaria deje sin cambios la parte referida a la medicina de urgencia?
Cristian: El Sistema de urgencia queda como en la actualidad, con la misma estructura y coordinación, el servicio 112. El proyecto actual deja la posibilidad de crecimiento de los fondos en el sistema de urgencia también por medio de fondos, y ambulancias, adquiridas por otras fuentes (consejos locales, provinciales, hospitales privados o públicos, etc.). La ley actual no permite esto. Todas las ambulancias serán homologadas por el Ministerio de Sanidad que decide el número y su distribución en el sistema nacional de urgencia. Indiferentemente de la proveniencia de la ambulancia, para el paciente, el servicio continúa gratuito.
12.- ¿Quién va a gestionar el dinero de la sanidad?-
Cristian: El dinero es recaudado como en la actualidad. El CNAS asigna estos recursos a las empresas privadas, en base al número de asegurados atraídos por éste, teniendo en cuenta la fórmula del patronazgo, como la del médico de familia, a la que se aumentan los elementos relacionados del perfil de hospitalización y enfermedades crónicas del asegurado. De este modo, se consigue además un objetivo, el que impide a las empresas privadas rehusar un paciente con riesgos altos de enfermedad, porque por ejemplo, para un asegurado de 25 años trabajador, en medio urbano, la empresa privada recibirá una suma, por ejemplo, de 130-150 euros, frente a un anciano jubilado del medio rural por el que podrá percibir una suma de 400 euros. A nivel de empresa privada, se harán contratos con suministradores de servicios médicos (hospitales, médicos de familia, laboratorios, farmacias, etc.). El asegurado podrá elegir sociedad con la que contrate servicios deseados por él. Si no le interesa, puede resolver el contrato después de un año, lo que actualmente no puede hacer.
Theodor: las contribuciones al fondo de seguro de sanidad para el paquete de servicios básico, será gestionado por los seguros autorizados, y reglamentados por las normas de funcionamiento europeas (en relación a la solvencia, liquidez), en base a un contrato entre asegurado/paciente y asegurador, lo que en el presente se echa de menos, no existiendo un contrato individual entre la CNAS y el contribuyente. Este contrato les va a garantizar los beneficios prometidos, representando al mismo tiempo, un cambio importante del sistema en beneficio del paciente. La nueva ley de sanidad hará crecer la competitividad entre aseguradores, rompiendo el monopolio del Estado, lo que será una ventaja real y concreta para el paciente. La competitividad existirá tanto a nivel de aseguradores como de suministradores de servicios médicos, como entre los propios médicos, por medio del crecimiento de la calidad y accesibilidad en los servicios médicos, relevantes para el paciente.
13.- ¿Se ha hecho algún estudio de viabilidad sobre el proyecto de ley? Se conocen los riesgos y los beneficios?
Cristian: Los estudios cuantitativos y cualitativos, efectuados en los últimos dos años, se han referido a numerosos aspectos legales, como son: el impacto financiero de la posibilidad de deducción de los seguros voluntarios, la aceptabilidad y sus límites para las primas voluntarias de seguro de sanidad, el impacto de las previsiones referidas a la modificación de las condiciones de seguro, en el sistema público de seguro, etc. En base a dichos estudios y a las conclusiones de los debates públicos comenzados al publicar en la web del Ministerio de Sanidad el proyecto, se han identificado y seguirán identificándose posteriormente los riesgos a corto , medio y largo plazo.
14.- ¿Que mejoras traerá esta ley para el medio rural?
Cristian: las casas de seguro privadas están interesadas en atraer cuanta más asegurados del medio rural. Por esto deben ofrecer servicios médicos. Al momento actual, el sistema de seguro no ofrece incentivos, negativos o positivos, por lo que las casas provinciales de seguro no se implican en la oferta de servicios en medio rural, siendo sus ingresos los mismos, indiferentemente de la cantidad o calidad de los servicios ofrecidos en medio rural. La competitividad entre las casas privadas de sanidad para atraer asegurados rurales, conducirá al crecimiento y mejora de la asistencia médica rural. Además, conforme a las previsiones, las autoridades locales pueden implicarse en el sector sanitario, emplear personal médico en zonas en que no existe y adquirir equipamientos médicos para servicios ofrecidos a la población de la zona rural respectiva. Todo ello no era posible con la actual legislación.
15. ¿Que significa el sistema de copago?-. Que dinero se va a dar en plus al médico?
Cristian: El copago ha sido aprobado hace poco por el Parlamento y debe ser asumido por la nueva Ley. La forma legal actual prevé que las sumas u obligaciones de pago para diferentes categorías de servicios serán establecidas por la legislación secundaria, por el Ministerio de Sanidad, entrando en vigor un nuevo Acuerdo Marco por Decreto del Gobierno.
Fecha 12.’01.2012. Fuente Wall Street on line.
