AGENCIAS DE TRABAJO TEMPORAL
RESOLUCION NRO. 1526 DE 21.12.2011, PUBLICADA EN EL BOLETIN OFICIAL DE RUMANIA EN 4 ENERO 2012, SOBRE EMPRESAS DE TRABAJO TEMPORAL.-
Esta normativa regula las condiciones de funcionamiento, y procedimiento de autorización, de las personas jurídicas que pretenden desarrollar su actividad como agente de trabajo temporal. Establecen obligaciones tambien para las personas que firman un contrato de trabajo temporal con agencias de este tipo y a las que se ponen a disposición tales trabajadores, que se constituyen en usuarios de las agencias, para trabajar temporalmente bajo la vigilancia y dirección de éstos.
Se aplica esta reglamentación, indiferentemente ya tengan o no un fin lucrativo, dichas agencias.
El código de trabajo rumano regula estas situaciones en los arts. 88 y ss.
El art. 88 parágrafos 4 y 5, de la Ley 53/2003, del Código de trabajo, define como usuarios los que tienen un trabajador con trabajo temporal en su centro de trabajo, de entre aquellos que tienen concertado un contrato de trabajo temporal con agencias de trabajo temporal, y cuyo trabajo define como misión, entendiendo por tal la puesta a disposición del usuario. Sólo pudiendo ser agentes los autorizados previamente por el Ministerio de Trabajo.
Entrando en la normativa recien publicada, la Resolución dispone que para la obtención de la autorización como agente de trabajo temporal, los solicitantes deben cumplir las siguientes condiciones, acumulativamente (es decir todas ellas):
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a) ser persona jurídica constituida conforme a las leyes y tener previsto en el acto constitutivo como objeto principal de actividad “Actividades de contratación, temporales, de personal, conforme al código CAEN”;
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b) no tener deudas con el Estado o administraciones locales;
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c) no figurar en el registro fiscal con hechos sancionados por reglamentos económicos, aduaneros, ni financieros;
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d) no haber sido sancionado administrativamente en los últimos 24 meses anteriores a la fecha de solicitud, por incumplimiento de la legislación laboral, comercial, o fiscal; las faltas que estén en juicio en los tribunales sólo serán tomadas en cuenta si antes de la fecha de solucionar la solicitud se ha pronunciado una sentencia definitiva e irrevocable.
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e) constituir una garantía económica, en una banca rumana, por el importe previsto en el art. 5. Es decir, que cubra el valor de 25 salarios mínimos brutos, nacionales garantizados, más sus contribuciones, suma que, en caso de uso para el pago de derechos salariales o contribuciones, deben ser mantenidas un año, proveyendo a los cinco días de su disminución.
La documentación debe ser evaluada por el Ministerio y se debe dar respuesta en el plazo de 30 días.
Se puede formular recurso contra la decisión denegatoria, en el plazo de 30 días desde la negativa a la emisión de su autorización.
Será válida por dos años. Con 3 meses de anterioridad a la expiración puede ser solicitada la prórroga, aportando los mismos documentos mencionados anteriormente en las letras c) a g).
Funcionamiento
Se obliga a firmar un contrato de trabajo entre trabajador y agencia, que debe contener todos los requisitos del art. 94 del Código de trabajo.
Para cada nueva misión de trabajo temporal, debe firmarse un contrato en el que se modifican las condiciones que se prevén; cuando se hace para más misiones, finaliza el contrato cuando se cumple la última misión.
El agente pone a disposición del usuario el trabajador, temporalmente, en base a un contrato de puesta a disposición, redactado por escrito. Este debe contener los elementos previstos en el art. 91, párr. 2, del código de trabajo. Las condiciones referidas a jornada, trabajo suplementario, descanso diario, y semanal, trabajo nocturno, vacaciones y fiestas laborales y salario deberán ser al menos iguales a los que serían aplicables en caso de contratación directa por el usuario, para que un trabajador ocupe el mismo lugar de trabajo, siendo aplicables todas las legislaciones, reglamentaciones internas, convenios colectivos y otras reglamentaciones específicas a los trabajadores temporales durante su misión en el centro del usuario. En el caso de ponerse en peligro la vida, la salud física o síquica, el trabajador temporal puede rehusar la misión, de modo escrito, no pudiendo ser motivo de despido o sanción el mismo. Deben ser registrados en el Registro de evidencia de asalariados (Revisal), de la agencia, conforme al art. 34 del Código de trabajo.
Las empresas de trabajo temporal deben ser registradas en el Registro Nacional de agentes de trabajo temporal autorizados, gestionados por el Ministerio de Trabajo, a instancia de éste, en el plazo de 15 días después de la aprobación de la solicitud de autorización. Cualquier modificación de la agencia durante la vigencia de la autorización, en lo referente a denominación, sede, creación de subunidades sin personalidad jurídica, debe ser comunicada a la delegación territorial para prestaciones sociales del Ministerio de Trabajo, en el plazo de 30 días de producidas aquéllas.
Los agentes tienen que cumplir igualmente las disposiciones contenidas en los arts. 18 y 34 de la Ley de Archivos Nacionales, nro. 16/1996, relativos a la seguridad de los datos relativos a cotizaciones para pensión de jubilación, referente a la creación y extinción como entidades que completan documentos importantes a esos efectos. Reminiscencia histórica rumana, que tiende a desaparecer con la creación del Revisal en su versión nueva, informatizada.
Los arts. 16 y ss. Prevén los casos de retirada de la autorización. Por insolvencia, sanciones por incumplimientos de esta ordenanza, y del código de trabajo. Prevé en tales casos, que el usuario sea el obligado a pagar las contribuciones, pudiendo repercutir contra el fondo de garantía del agente, mencionado.
El contenido de este informe tiene carácter divulgativo y no constituye un asesoramiento profesional por parte de nuestro bufete. Recomendamos en su caso buscar asesoramiento jurídico profesional.
